Copia certificada del Acta de Defunción del De Cujus PEDRO YGNACIO LARA CEBALLOS; Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano ANDRES EDUARDO LARA CARRUYO, y copias simples de las cédulas de identidad de los referidos ciudadanos y acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que el ciudadano ANDRES EDUARDO LARA CARRUYO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V.-19.313.768, es el UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De Cujus, PEDRO YGNACIO LARA CEBALLOS, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.462.892, fallecido el 03 de junio de 2016, a consecuencia de HIV ASTROCITOMA DIFUSO GRADO II, TUMOR CEREBRAL PARIENTAL IZQUIERDO, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 203 del año 2016, cursante al folio 5 y vto, de la.....