Visto que el demandado cambió el uso al cual estaba destinado el inmueble sin el previo consentimiento dado por escrito por parte de la arrendadora, violó lo estipulado en la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento, lo que le hace estar incurso en causal de resolución del mismo; por lo cual se declara procedente la demanda interpuesta contra él. Así se decide.
Con fundamento en las consideraciones explanadas anteriormente, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuso la sociedad mercantil AGENCIAS RAYTLER, S.R.L. contra el ciudadano JAIME NOGUERA CAMPO, identificados ut supra. En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el día 28 de agosto de 2007, sobre el inmueble antes identificado. Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, en el mismo buen estado en que lo rec.....