ACEPTADA LA HERENCIA, a que se contra la solicitud incoada el 26 de abril de 2016, por el ciudadano MANUEL DE JESÚS LÓPEZ BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.652, actuando en su propio nombre y en representación de sus derechos e intereses en la sucesión de quien en vida fue MEDARDO ANTONIO LOPEZ FERNANDEZ, venezolano mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 953.269; que recayó en los ciudadanos ALEXI SERRANO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.577.980, LUIS ALBERTO LÓPEZ SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.153.288, MALDORIS SERRANO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.599.431, MAVEL SERRANO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.567.333, DIORMANDA MERCEDES LÓPEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.963.163, RAFAEL EDUARDO LÓPEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.084.733, JESÚS RAFAEL OROPEZA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.133.437, CARLOS ENRIQUE.....