En tal sentido, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la citada norma laboral, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANADECARACAS, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicho Covenimineto de pago en los términos en que ha sido expuesta, en consecuencia, se da dar por terminado el presente juicio, incoado por el ciudadano JOSE FEDERICO TADINO, en contra de la demandadas SEGURIDAD VIP 3000, C.A., y al ciudadano PEDRO CORTEZ, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio en esta instancia, y se ordena remitir el presente expediente a los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, a los fines que luego una vez culminado el pago previamente establecidos en el presente acuerdo, se dé por terminado el asunto y se ordené .....