Se ordenó REPONER LA CAUSA, por la decisión tomada por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados JESÚS RAFAEL GONZALEZ SANCHEZ, BELEN MARIA GONZALEZ SANCHEZ y FANNY BEATRIZ SANCHEZ DE GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 88.510, 55.910 y 23.165, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadanos STEFANÍA ALVAREZ GONZALEZ, DIMAS JAVIER ALVAREZ MEDINA y BEATRIZ ELENA ALVAREZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-20.673.380, 15.662.040 y 18.829.613, respectivamente, al estado de pronunciar sobre la apertura o no de la ARTICULACIÓN PROBATORIA DEL 607 del CPC, por caso fortuito o fuerza mayor.-