Tribunal Tercero de Juicio Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la Ley, ABSUELVE al joven acusado (identidad omitida) de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido el 06-10-1985, de 20 años, de edad, titular de la cédula de identidad N° (identidad omitida) hijo de (identidad omitida) (V), de profesión u oficio obrero, residenciado Caracas, del cargo que por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, le fuera imputado en la acusación por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 602, literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por no haber prueba del hecho.-
El texto de la presente Sentencia cuya dispositiva fue leída el día martes cuatro de julio del año dos mil seis, de conformidad con lo previsto en el artículo 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, s.....