Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA la incompetencia de la Juez en razón de la materia, para conocer de la presente acción y en consecuencia DECLINA la competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.