"...Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora JESUS ALFREDO OJEDA MARTINEZ, C.I. V- 10.694.865, asistido de la abogada MIREYA PEREZ, IPSA Nº 54.160, y firmado por el representante legal de la demandada INDUSTRIAS CORPAÑAL C.A., abogado BEATRIZ ROJAS, IPSA N° 75.211, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.331.688,34), mediante cheque del Banco Mercantil, Nº 81838929, de fecha 29-05-2014, a nombre del trabajador, con lo que se dará por terminado el litigio, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del T.....