Este Tribunal admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena la intimación a la parte demandada ciudadano ALETSEY ARNEL VELASCO COLMENARES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.260.436, como deudor principal; y a la sociedad de comercio TRANSPORTE AEROTEPUY DEL SUR, C.A, anteriormente identificada, en su carácter de avalista, en la persona de su Presidente ciudadano JOAN MANUEL ARAUJO LASTRETO, venezolano, mayor de edad, soltero titular de la cédula de identidad N° V-15.637.329, fin de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho, previo el transcurso de seis (06) días continuos que se le conceden como termino de la distancia, siguientes a la constancia en autos de la practica de sus intimaciones, dentro de las horas comprendidas a despachar desde las 8:30 a.m hasta las 3:30 p.m, con el objeto de que paguen, acrediten haber pagado o formulen oposición a las cantidades que a continuación se señalan: PRIME.....