Por las razones expuestas, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por YUSTI RODRIGUEZ WIDMAR YIRLENE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 16.084.455. contra GRUPO PHX C.A.. Los conceptos a cancelar, las fórmulas de cálculos y los salarios quedaron explicados en el cuerpo in extenso del fallo. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada.