Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DE TRANSICIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, impartiendo justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, establece:
PRIMERO: Que este Tribunal declara su COMPETENCIA PARA CONOCER la presente causa contentiva de ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano RICARDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, economista, titular de la cédula de identidad Nº V-630.608 y de este domicilio, por intermedio de su apoderado judicial ciudadano ARGENIS GIL ALFONZO, abogado en ejercicio, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.051.160 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.245, contra el Jefe del Departamento de Relaciones Laborales del BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, -para esa fecha- ciudadano CARLOS UZCATEGUI ARRIAGA, con motivo del Oficio emanado del Departamento de Agencia de Tesore.....