así como el contenido de la transacción celebrada en fecha 16 de junio de 2016, entre Corporación de Inmuebles y Negocios, S.A. Cordinesa, representada por el abogado Mario Brando, Inscrito en el Inpreabogado Nº 119.059 y Autolavado Boleita Center, C.A., representada por su presidente, ciudadano José Da Corte Da Silva Fineza, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-81.653.530, asistido por la abogada Victoria Isabel Cárdenas Socorro, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.395.509, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.619; por cuanto no existe presunción alguna que la transacción que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio, ni es contraria al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN, teniéndosele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada