Vista la diligencia de presentada en fecha 11 de octubre de 2007, por el abogado JOSE GREGORIO FAJARDO, inscrito en el IPSA bajo el N° 95.909, en su carácter de apoderado judicial, de la parte actora, en la cual solicita al tribunal se coloque una fecha mas cercana para la practica del embargo, éste Tribunal se pronuncia previa las siguientes consideraciones, la colocación programática de los actos procesales por parte del Órgano Jurisdiccional, responde a un orden estrictamente cronológico y solo va ha depender de la disponibilidad de espacio que tenga el Tribunal, destacándose que serán asignados los actos, observando el orden cronológico en que se van produciendo, adicionalmente, cuando se fija un determinado actor procesal (audiencias, embargos, etc), se destina, un espacio de tiempo para ese acto, resultando supremamente difícil modificar dicho cronograma, ya que ello implicaría modificar no solo ese acto sino los demás que se afectarían por el cambio programático, lo cual obede.....