Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que por IMPUGNACION DE PATERNIDAD incoara JENNIFER DEL CARMEN SIERRA GUILLEN, en contra de los ciudadanos JOSE ANTONIO SIERRA ESTEBAN y AISQUEL ZORAIDA GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 6.352.924 y 6.265.581, respectivamente, asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por la especial naturaleza del presente fallo.