DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana GISSELLE ABREU FARIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 17.100.463.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos GISSELLE ABREU FARIA y JHONNIFER LUIS MATA LIENDO, por ante el Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 25 de noviembre de 2020, según consta del acta N° 186, Tomo 01, Folio 186, correspondiente al año 2020, llev.....