este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada entre el apoderado judicial de la parte demandante el ciudadano YOSMAN ERNESTO PEREZ URBINA Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 18.191.711, representado en este acto por la abogado en ejercicio, de este domicilio, COLUMBA ZERPA ZAMBRANO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.248, con facultad expresa para realizar transacciones, y por otra parte, CORPORACIÓN CHIRU 2006 C.A, representada para este acto por la abogada en ejercicio, de este domicilio, MARIA VICTORIA VALDIVIESO DE GAMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social Nº 20.083; Déjese copia del presente auto. Finalmente, se le hace entrega a las.....