Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN INTERDICTAL DE DESPOJO, interpuesta por la ciudadana MARIA CAROLINA JAIMES GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.205.434 contra empresa INVERSIONES MAZAL 3000 C.A, sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 8 de Marzo de 2005, bajo el nº 36, Tomo 492-A-VII, representada judicialmente por el ciudadano Fares Doumat Doumat, identificado con el Nº 6.401.060.