IV
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Tercero de Transición de Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto los abogados Anibal Perales Aguilar y Francisco Perales Wills, ya identificados actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ELSA RINCÓN DE BRACHO antes identificada, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social actualmente Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil cuatro (2004).