Respecto de las pruebas promovidas por la parte actora, el tribunal declara lo siguiente:
PRIMERO: En cuanto al mérito favorable que emana de los autos, invocado por la parte actora en el Capítulo II, particular PRIMERO de la presente decisión, este juzgado lo declara inadmisible.
SEGUNDO: En cuanto a las probanzas documentales discriminadas en el capítulo II, particular SEGUNDO de la presente decisión, quedan admitidas las señaladas en los numerales 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y declara con lugar la oposición respecto de la admisión de las pruebas discriminadas en los numerales 3, 6 y 25, negando la admisión de las mismas.
TERCERO: Respecto de las pruebas de informes, discriminadas en el capítulo II, particular TERCERO de la presente decisión, el tribunal las admite en su totalidad, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. En consecuencia, se ordena oficiar al REGIS.....