DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de Ley, declara
1.- INADMISIBLE por caduca la acción contenida en la querella funcionarial interpuesta por la abogada Flor M. Rodríguez D., antes identificada, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DIEGO RAFAEL RODRÍGUEZ D¿ALESSIO antes identificado, contra el Instituto Nacional de Parques.