En atención a lo anteriormente señalado, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana Caracas, por considerar que se encuentran llenos los extremos establecidos en los artículos 122 de la Ley de Bancos y otras Instituciones Financieras, en concordancia con lo establecido con el artículo 542 ejúsdem, AUTORIZA al Banco Exterior, C.A., inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 21 de Enero de 1956, bajo el N° 5, Tomo 7-A, y transformado en Banco Universal, según documento inscrito en ese mismo Registro con fecha 17 de Abril de 1997, bajo el N° 34, Tomo 92-A, a los fines de que proceda a la venta del vehículo de su propiedad, debiendo igualmente rendir cuenta al Tribunal de dicha operación de venta. A los efectos de la operación antes descrita, expídanse por secretaría las copias certificadas que requieran las partes interesadas con i.....