DECLARA CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara ANA MARIA GUILLEN CAPOTE en contra de T.V.C. CONSTRUCCIONES C.A, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión.- SEGUNDO: Se condena a la demandada T.V.C. CONSTRUCCIONES C.A, cancelar a la ciudadana ANA MARIA GUILLEN CAPOTE, la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (4.233,6), por los siguientes conceptos: Por Prestación de Antigüedad, la suma de 1.418,4 bolívares; Utilidades fraccionadas 2007, la suma de 187,5 bolívares; Utilidades fraccionadas 2008, la suma de 187,5 bolívares; Vacaciones fraccionadas, 2007-2008, la suma de 375 bolívares; Bono Vacacional fraccionado, 2007 - 2008, la suma de 174 bolívares; Indemnización artículo 125, numeral 2 de la Ley Orgánica del Trabajo, la suma de de 945,6 bolívares; Pago sustitutivo del preaviso, la suma de 945,6 bolívares, así como los intereses sobre la prestación de antigüedad. TERCERO: Se condena e.....