DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando haya cumplido con una cuarta 1/4 parte de la pena impuesta, es decir, SIETE (07) MESES, que cumplió en fecha: 30/08/07.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando haya cumplido con una cuarta 1/3 parte de la pena impuesta, es decir; NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que cumplió en fecha, 09-11-2007.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando haya cumplido con una cuarta 2/3 parte de la pena impuesta, es decir; UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, VEINTE (20) DIAS, que cumplirá en fecha, 19/08/2008.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES que cumplirá en fecha:29/10/2008.
Igualmente el penado OJEDA JAVIEL JESUS RAFAEL, quedó condenado a las penas accesorias contenidas en el artículo 13 del Código Penal, las cuales son:
Inhabilitación Política: Durante el tiempo de la condena, es decir hasta el 28/05/2009, y según lo dispone el artículo 24 del Código Penal, consiste en la privación de los cargo.....