Este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la empresa FOSPUCA BARUTA C.A., en contra la Providencia Administrativa Nro. 0077-2011 de fecha 28 de Marzo de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo "PEDRO ORTEGA DÍAZ", la cual declaró Con Lugar el Procedimiento de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por el ciudadano URBINA RENATO PAIVA.- Líbrese oficio una vez quede firme la presente decisión. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en el en.....