declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en lo referente a las Resoluciones Nros. R-LG-12-00022 y R-LG-12-00023, que declararon improcedente la solicitud de Constancia de Conformidad de Uso Urbanístico requerida para instalar un uso de oficinas para viajes y turismo en los apartamentos Nros. 11, 12 y 14 del piso 1 del Edificio San Bosco.
2. IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en lo referente a la Resolución Nro.065-2012 que declaró improcedente la solicitud de Constancia de Conformidad de Uso Urbanístico requerida para instalar un uso de oficinas para viajes y turismo en los apartamentos Nros. 23, 24 y 25 del piso 2 del Edificio San Bosco.
3. NIEGA la solicitud de caución suficiente para garantizar las resultas del juicio.
Todo ello en el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano GONZALO SALIMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.950, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MOLINA AGENCIA DE V.....