DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el reclamo solicitado por el abogado JAIME TORRES, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Abierta (UNA), contra el informe presentado por los expertos MARITZA FARRERA, FRANH LUIS GARCÍA SUAREZ y JOSÉ DANILO MONTES, titulares de la cédula de identidad Nros. 3.969.875, 6.869.366 y 4.348.866, respectivamente y contra el voto salvado del último de los expertos antes identificados; en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el en la parte in fine del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil se fija la indemnización objeto de reclamo en la cantidad de NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 90.969.033,36).