Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Oswaldo Anzola P., Elvira Dupouy M., Juan Carlos Fermín F., María Virginia Anzola R., María Gabriela Maldonado M, y Rafael Enrique Tobía D., venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 3.149.326, 5.532.569, 8.323.810, 11.227.697, 12.721.094 y 15.504.270, respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 5.237,21.057, 28.535,65.183, 75.076 y 107.553, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A. “SIDETUR”. En consecuencia:
1. Se declara PROCEDENTE la compensación de créditos fiscales en materia de Impuesto al Valor Agregado, opuesta por la contribuyente de autos, en fecha 16 de febrero de 2001, 21 de marzo de 2001 y 17 de abril de 2001, mediante los escritos números .....