(...) Visto el escrito presentado en fecha 18 de febrero de 2010, contentivo del CONVENIMIENTO DE PAGO suscrito por el ciudadano JOSE LUIS BRICEÑO LEZAMA, portador de la C.I. V-10.789.885, en su carácter de parte actora, asistido en dicho acto por su apoderada judicial Abg. VIRGINIA DEL VALLE GRATEROL, inscrita en el IPSA bajo el N° 93.239, por una parte, y por la empresa demandada INVERSIONES 180140, C.A., representada por el ciudadano JOSE ROSALES, titular de la cédula de identidad N° 5.666.883, en su carácter de Único accionista, asistido por la Abg. JANET DIAZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 72.062, presentado ante la URDD de este Circuito Judicial, ESCRITO DE CONVENIMIENTO DE PAGO POR LA CANTIDAD DE CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 48.000,00 Cts.) a la parte actora, mediante el pago de seis cuotas consecutivas mensuales por la cantidad de (Bs. F 6.400,00), y una cuota de (Bs. F 9.600,00); este Juzgado, de conformidad con los artículos 2.....