En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, seguido al ciudadano DÍAZ JUSTO LUIS EFRAIN, quien es venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 20 de marzo de 1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de construcción, Grado de Instrucción Sexto Grado, titular de la cédula de identidad Nº V-14.412.801, hijo de Maritza Coromoto Justo (v) y Efraín Díaz, residenciado en Carretera Petare, Santa Lucía Sector Chaguaramos, El Guinche Arriba, Casa Sin Número, al frente del Colegio Los Mangos, teléfono (0426) 615 5832, por la comisión del delito de actos lascivos, previsto y sanci.....