PRIMERO: Corresponde al Juez de Control el conocimiento de la fase de investigación, teniendo facultad de controlar las garantías del proceso, SEGUNDO: Se acoge la precalificación dada a los hechos por parte del Ministerio Público, como es el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto en el último aparte del artículo 456 del Código Penal, CUARTO: En cuanto a la solicitud del Ministerio Público, relacionada con la imposición de la Medida Cautelar establecida en el Artículo 582 Literal c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acoge la misma, asimismo, en virtud de que este Tribunal lo considera necesario en consecuencia se acuerda al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA "Presentaciones cada OCHO (08) DÍAS ante la Oficina de Presentaciones de Imputados QUINTO: Se insta al Ministerio Público a que agote la Vía Conciliatoria establecida en el Artículo 564 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de que nos encontramos.....