DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana MÓNICA VIONDI FEBLES, venezolana, abogada, titular de la cédula de identidad N° 10.544.209, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.108, actuando en su propio nombre y representación, contra el Ministerio del Interior y Justicia. En consecuencia:
1.- Se ordena el pago de las prestaciones sociales, con el correspondiente pago por concepto de antigüedad y auxilio de cesantía.
2.- Se ordena el pago de los intereses moratorios, productos del retardo en el pago de las prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las disposiciones contenidas en el literal "c", cuarto párrafo del .....