Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela actuando en sede constitucional como tribunal de primera instancia, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara LA COMPETENCIA de esta Corte de Apelaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional, presentada el 22 de diciembre de 2016, recibida el 10 de julio de 2017, por el abogado JOSE JESUS RIVERO BURGOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 91.452, quien se atribuye el carácter de defensa privada del ciudadano VICTOR MANUEL SANCHEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V-21.187.869, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre De.....