Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: SINLUGARel presente RECURSO DE HECHO ejercido por la parte actora intempestivamente contra auto de fecha 23 de agosto de 2021, dictado por el JuzgadoSegundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual niega la apelación ejercida en fecha 19 de agosto de 2021, ejercido contra la decisión de fecha 11 de agosto de 2021, que niega la admisión del AMPARO CONSTITUCIONAL, incoado por CONIFARMA ARGENTINA C.A. contraBANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSALy así se decide.