En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo (7º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados GILBERTO RONDON, JOSE RIVAS, JESUS FIGUEROA, MARILÚ VILLA, JOSÉ RENGIFO y MARIA EUGENIA VILLALOBOS, inscrito en el IPSA bajo los Nros. 135.982., 150.076, 162.937, 156.863, 216.559 y 97.967, respectivamente actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, en contra de la sentencia de fecha 24/01/2017 dictada por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito de Trabajo, la cual declaró:
1.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la Entidad de Trabajo MERCADOS DE ALIMENTOS MERCAL, C.A., contra el acto admini.....