Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la FALTA DE CUALIDAD ACTIVA E INTERÉS de la parte actora, ciudadano CARLOS CIFUENTES BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 21.981, representado por los abogados en ejercicio ALFREDO ALMANDOZ M., JOSÉ ANTONIO ELÍAS RODRÍGUEZ, CLAUDIA CIFUENTES GRUBER, MARIANA RENDÓN FUENTES y GONZALO PONTE DÁVILA, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.080, 72.558, 52.190, 93.741 y 66.371, respectivamente.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato de compra-venta seguida por la parte actora, ciudadano CARLOS CIFUENTES BRICEÑO, en co.....