DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 437 y 455 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO Admite el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RAMON GUSTAVO RAMIREZ MUÑOZ, en su carácter de víctima en la presente causa, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo (08°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de octubre del 2007, mediante la cual decreto el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Admite el escrito de contestación a la apelación, interpuestos por la ciudadana LADERA ORDAZ CARMEN ELENA,.....