Este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediación, le imparte la HOMOLOGACION a la presente Transacción, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En este sentido, se ordena agregar a los autos en dos (02) folios útiles copia simple del instrumento valor (cheque girado contra el Banco del Caribe, Nº71051045, a favor del ciudadano CALIXTO RAMÍREZ, por la cantidad de Bs.F.6.940,00 de fecha 24 de octubre de 2008 y Bs.F.2.975,00 a nombre de la apoderada judicial de la parte Actora, girado contra el banco del Caribe, Nº61851041), mediante el cual se da cumplimiento a la obligación contraída. Igualmente, procede se pr.....