En fuerza de lo antes expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de abstención y carencia interpuesto por, BLANCA XIOMARA MALAVÉ ABELLA, titular de la cédula de identidad N° 9.467.514, asistida de su apoderado, el abogado, TEOFILO SOSA, inscrito en el IPSA, bajo el N° 27.948; contra la omisión o abstención de respuesta de los demandados, LAILÉN BATISTA, en su carácter de Gerente General del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL); NANCY GARCÍA, Gerente Regional Táchira INPSASEL; y JUAN CARLOS YORIS PIÑERO, en su carácter de Consultor Jurídico del ente mencionado (INPSASEL); acerca de las peticiones de fechas: 04 de junio de 2013, 26 de septiembre de 2013 y 25 de noviembre de 2013, dirigidas a los demandados: LAILÉN.....