En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON 41/100 (Bs.33.230,41), según los conceptos señalados en el Libelo de Demanda, esto es, garantía de prestaciones sociales, intereses sobre la garantía de prestaciones sociales, indemnización prevista en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, bonificación de fin de año fraccionada, intereses de mora e indexación monetaria, no obstante lo alegado por el abogado EDMUNDO JOSE RODRIGUEZ OVALLES, anteriormente identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quien manifiesta que el contrato de trabajo, el cual se anexa en copia fotostática, a la presente acta constante de tres (3) folios, se suscribió como contrato a tiempo determinado conforme a los articulo 74 de la antigua Ley Orgánica del Trabajo y el articulo 26 del Reglamento de la Ley Orgánic.....