Por fuerza de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, instaurada por las sociedades mercantiles ADMINISTRADORA AVILA NORATE, C.A y PROMOTORA CATALDO, C.A, contra la ciudadana ROSA MARGARITA RIVERA GELVIS, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la falta de cualidad de la parte actora, propuesta por la demandada.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a entregar, completamente libre de personas y bienes y sin plazo alguno a la actora, el inmueble constituido por el apartamento No 7-A,, del Edificio ISSI, ubicado en la Avenida Urimare con calle Manaure, urbanización El Marqués, Municipio Sucre del Estado Miranda.
TERCERO: Se condena en costas a la demandada, por haber resultado totalme.....