En consecuencia, se DECRETA LA INTIMACIÓN de CANAIMAFOODS, C.A., en la persona de cualesquiera de sus Directores, ciudadanos GIDEON LEVY, CARLOS SUÁREZ y CARLOS EDUARDO URBANEJA GONZÁLEZ, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-5.886.339 y V-12.394.880, los dos (2) últimos, para que comparezca ante este Tribunal, dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a la constancia en autos de su intimación, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y las 3:30 p.m.; para que PAGUE a DISTRIBUIDORA TROPI CENTRO, C.A., las siguientes cantidades: PRIMERO: veintiún mil seiscientos sesenta bolívares con treinta céntimos (Bs.21.660,30), por concepto del monto total de las facturas vencidas. SEGUNDO: cuatro mil ochocientos quince bolívares con cuarenta y nueve céntimos (Bs.4.815,49) por concepto de intereses de mora, calculados a la tasa del (1%) mensual. TERCERO: la cantidad de tres mil novecientos noventa y nueve bolívares con cuatro céntimos (Bs. 3.999, 04), por concepto de.....