Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función Control del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud formulada por el Fiscal Primero del Ministerio Público en cuanto a la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, todo de conformidad con los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge la precalificación jurídica de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, y se desestima el de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del texto sustantivo penal, así las cosas este Tribunal estima procedente la imposición de la medida de coerción personal como lo es MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JOHAN JENSON ROJAS, plenamente ide.....