Se acreditan los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra del imputado por el Ministerio Público al ciudadano LUIS EDUARDO GARCIA PEREZ, cedula de identidad Nº V.-16.626.216, toda vez que contamos con la denuncia de la victima, aunado a ello existe una testigo referencial amiga de la victima quien presencio el hecho, aunado a ello cursa al folio 11 acta de investigación penal donde se evidencia que la victima fue trasladada a Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, atendida por la Dra. Raimary Vásquez, quedando registrado bajo el Nº 10785, de fecha 30-12-2014, indicando que presenta 02 días de curación y 04 días de privación de ocupaciones, lesiones leves. TERCERO: Se acuerda las medidas de protección y seguridad, establecidas en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el De.....