DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta (5°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DECLARAR SIN LUGAR la Recusación planteada por la ciudadana YELITZA GIL, en su carácter de Defensora Pública Trigésima Primera (31º) Penal, actuando en su condición de defensora de la ciudadana DEOMARIS ALVARADO GALLARDO, en contra del ciudadano EDGAR ESMIL ALIZA MACIA, en su condición de Juez Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, remítase copia debidamente certificada de la presente decisión al Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a lo.....