DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el del Recurso de Apelación interpuesto en fecha 17/04/2009, por las Doctoras GLADYMAR PRADERES C. y DORIS LOVERA, Defensoras Públicas Cuadragésima Octava Penal y Cuadragésima Novena Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensoras de los ciudadanos JOSE GREGORIO ALARCON TONA, Y GEDDER ALEXANDER HERGUETA, , en contra de la Decisión dictada en la Audiencia Oral para al Imputado celebrada en fecha 07/04/2009, en el Juzgado Quincuagésimo Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Doctor WILMER JOSE WETTEL, mediante la cual decretó entre otros pronunciamientos, que es el recurrido, Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, a los referidos ciudad.....