DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho MARÍA MERCEDES RAMÍREZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano VELÁSQUEZ LAYA EDUARDO JOSÉ, en contra de la decisión dictada por el Juez Trigésimo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Dr. MARCO ANTONIO GUERRA PÁEZ, de fecha 10/11/2007, en la celebración de la Audiencia Oral Para Oír a las Partes, en la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de su defendido, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres numerales en relación con el artículo 251 en sus numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero en concordancia con el a.....