IV
DISPOSITIVA
Esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Declara SIN LUGAR la apelación presentada por la Defensora Pública Penal Cuadragésima Sexta (46º) del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Josefina Camara Novoa, contra la decisión dictada por el Tribunal Vigésimo Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el día 17 de diciembre del año 2008, mediante la cual negó la solicitud de revisión de medida por retardo procesal debidamente consignada en fecha 13 de Noviembre del año 2008, y solicitada conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando así confirmada dicha decisión, todo de conformidad con el artículo 450 ejusdem.
Regístrese, publíquese, Diarícese y remítase el presente asunt.....