V
DECISIÓN
Por todas las razones precedentemente expuestas esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Cuadragésimo Quinto (45º) Penal, Abogado GABRIEL CEDEÑO PÉREZ, actuando con el carácter de Defensor Judicial del ciudadano JULIAN ERNESTO URBANEJA ARREAZA, en consecuencia, constatada la Inmotivación del fallo recurrido, se ANULA la Audiencia Oral para Oír al Imputado celebrada en fecha 19 de Agosto de 2010 ante el Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal al referido ciudadano; todo ello conforme a.....