DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE, las pruebas documentales promovidas por los Drs. JESUS ORANGEL GARCIA y CARMEN MIREYA TELLECHEA, Juez Presidente y Juez Integrante de esta Sala de la Corte de Apelaciones Nro. "5" de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en los escritos de Inhibiciones planteados en la causa N° S5-10-2604, seguida contra los ciudadanos MARIO PESCI FELTRI, ANDREA PADOVANI e IVO SANTAMARIA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión.
LA JUEZ DIRIMENTE
DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS J.
LA SECRETARIA
ABG. TERESA FORTINO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. TERE.....