DECISIÓN
Por lo antes expuesto, esta Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Conforme al Numeral 2 del Artículo 49, el Numeral 3 del Artículo 285, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en concatenación con los Artículos 203, 210, el Numeral 2 del Artículo 250 y los Artículos 280 y 281, todos éstos últimos del Código Orgánico Procesal Penal, confirma en todas y cada una de sus partes, lo dispuesto por el Juzgado 2º de Control de este Circuito en la Audiencia celebrada el 8-2-07, pronunciamientos éstos desde el “PRIMERO” al “CUARTO”, ambos inclusive. Es por ello que Decreta la libertad de la ciudadana MERLY DEL VALLE MONTILLA REYES, V-9.414.709, y a tal efecto acuerda Librarle Boleta de Excarcelación a su favor, dirigida a la Comisaría “Generalísimo Francisc.....